Explicó que Infotep desde el 1980 cobra el aporte empresarial y laboral basado en el artículo 24 de la ley 116 que establece que se aportará el 1% del salario fijo y ½% de las bonificaciones de los trabajadores.
24 de su ley de creación, la cual establece sendos aportes obligatorios del 1 porciento de los salarios pagados mensualmente por las empresas con fines lucrativos, y del 0.5 porciento deducible de las utilidades anuales que los trabajadores reciben de sus empleadores.
Empresa en Santiago ofrece oportunidad de empleo; los interesados deben aplicar al puesto deseado, escribiendo a la dirección de correo electrónico ncastillo@infotep.gob.do. ¡Esperamos por ti! Para mayor información debe comunicarse a nuestra Dirección Regional Cibao Norte, llamando al 809-570-4125, ext. 4435.
Explicó que Infotep desde el 1980 cobra el aporte empresarial y laboral basado en el artículo 24 de la ley 116 que establece que se aportará el 1% del salario fijo y ½% de las bonificaciones de los trabajadores.
Dar seguimiento a sus solicitudes Menú Oferta Formativa. Click en la sección "Mis Solicitudes". Para acceder debe colocar: Usuario: su número de cédula sin guiones. Clave: su número de cédula sin guiones . Click en el menú superior Gestión -> Mis solicitudes.
⏳ Inscripciones abiertas hasta el 17 de enero de 2025. ? Acércate al INFOTEP para más información y da el primer paso hacia tu futuro.
Para registrarse como empresa aportante deberá pagar mensualmente al INFOTEP el 1 % del total de su nómina, de acuerdo con lo consignado en la Ley 116-80, de su creación.
Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional | INFOTEP - Nómina de empleados - Nómina.