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Para solicitar el levantamiento de embargo, hay que enviar una solicitud a la Seguridad Social, mandando un escrito a través de esta página. De este modo, se accederá a un formulario general.
En conclusión, aunque las deudas con la Seguridad Social prescriben a los 4 aos, hay algunas excepciones y situaciones particulares que se deben tener en cuenta.
Tienes que hacer la solicitud de devolución de cuotas de la Seguridad Social a la oficina de la Seguridad Social más cercana al domicilio fiscal en el que estés registrado. Podrás tramitarla tanto de forma presencial como telemática a través del DNI electrónico o del Certificado Digital.
Para paralizar un embargo con hacienda o seguridad social, debes presentar una solicitud por escrito en la que se especifique el embargo que se desea cancelar y los motivos por los que se solicita. La solicitud se tramitará en el plazo de 10 días y se notificará por escrito la resolución adoptada.
Los modelos TC1 y TC2 son documentos oficiales de la Seguridad Social. Se utilizan para liquidar las cotizaciones sociales de los trabajadores de la empresa. Actualmente son conocidos como RLC (Relación de Liquidación de Cotizaciones) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores).
Deberán presentar los modelos: TC 17/10 Solicitud de aplazamiento para el pago de deudas con la Seguridad Social. TC 17/11 Reconocimiento de deudas con la Seguridad Social.
Para solicitar el levantamiento de un embargo, es necesario tener la capacidad de pago o de demostrar que la deuda reclamada no es correcta. En este último caso, debes asesorarte por profesionales ya que deberás reclamar a Hacienda y, si no aceptan tú reclamación, deberás acudir a los tribunales en contra de Hacienda.
Solicita el levantamiento a través de un escrito (formulario virtual 5011) o envía un correo electrónico a las áreas de cobranza coactiva con el asunto “Levantamiento de Retención Bancaria y tu número RUC”. En el contenido indica lo siguiente: Tu denominación, razón social o nombres y apellidos, según corresponda.