La Asamblea extraordinaria es convocada por la Comisión Directiva cuando ésta lo estime necesario; o por pedido del Revisor de Cuentas o un porcentaje de Asociados determinado en el Estatuto social.
NotificaciĂłn: Es necesario informar a todos los propietarios de manera clara y oportuna sobre la convocatoria de la asamblea extraordinaria. Utiliza medios como correos electrĂłnicos, cartas fĂsicas o incluso tablones de anuncios en las áreas comunes de la copropiedad.
La asamblea extraordinaria debe realizarse cada vez que las necesidades del condominio lo exijan. El Comité de Administración puede convocar a esta reunión, en representación de los copropietarios. También pueden citarse de forma directa por los vecinos, con al menos el 15 por ciento de representación.
De hecho, la convocatoria está a cargo del administrador, del consejo de administración, del revisor fiscal o de un número de propietarios que representen por lo menos la quinta parte de los coeficientes de copropiedad.
La Asamblea extraordinaria es convocada por la Comisión Directiva cuando ésta lo estime necesario; o por pedido del Revisor de Cuentas o un porcentaje de Asociados determinado en el Estatuto social.
En dicha convocatoria, debe estar muy clara: fecha, lugar y hora de la asamblea. “La ley 675 no indica una antelaciĂłn mĂnima de dĂas para la citaciĂłn de las asambleas extraordinarias, pero se recomienda revisar el reglamento de propiedad horizontal, dado que allĂ se puede especificar esos plazos.
Toda acta de una asamblea de vecinos debe contener obligatoriamente los siguientes aspectos: Lugar y Fechas en donde se efectĂşa la asamblea. Hora de inicio y de tĂ©rmino. Orden del dĂa. Firma del presidente, secretario, ComitĂ© de Vigilancia y condĂłminos participantes. Lista de los asistentes.