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La certificacion consiste en que ante la Sindico Municipal debidamente identificados las personas que intervinieron en acto juridico como una compraventa, que consiste por escrito ratificando las firmas y/o huellas dactilares, plasmados en los escritos o documento, la autoridad municipal mediante certificacion da fe de
En cuanto a los gastos, los usos y costumbres establecen que todos los gastos relacionados con la tramitacion previa a la escritura los paga la parte vendedora, y aquellos posteriores a la firma los paga la parte compradora (ej. Inscripcion de nuevo titulo).
Segun el Codigo Civil en su articulo 1455, los gastos de otorgamiento de escrituras seran de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demas posteriores a la venta seran de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario.
El vendedor abona todos los gastos relacionados con la verificacion de su titulo y del estado de dominio y deudas del mismo (certificados del registro de la propiedad inmueble, certificados administrativos, estudio de titulos), liberacion de impuestos (planillas y liquidaciones) y el derecho de escritura, entre otros
La ley establece que es el vendedor, al tratarse del propietario original del inmueble que participa en la operacion, el sujeto que esta obligado a satisfacer todos los gastos necesarios para proceder a su entrega.
Los gastos de otorgamiento de escrituras seran de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demas posteriores a la venta seran de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario. Esto es, los gastos de escrituracion en los que se necesita la firma del notario deben ser pagados por el vendedor.
La ley establece que es el vendedor, al tratarse del propietario original del inmueble que participa en la operacion, el sujeto que esta obligado a satisfacer todos los gastos necesarios para proceder a su entrega.
¿QUIEN PAGA LOS GASTOS DE ESCRITURA EN COLOMBIA? En el tramite de escrituracion, se debe cancelar el 3 x 1.000 mas IVA sobre el valor de venta como parte de los gastos notariales. Este costo se divide entre el comprador y el vendedor, que sera del 50 por ciento cada parte.
Por la compra de una vivienda de segunda mano deberemos pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo porcentaje oscila entre el 6% y el 10% y se aplica sobre el valor que hemos escriturado.
¿Quien elige el escribano y lugar para firmar la escritura? El escribano es seleccionado por la parte compradora una vez aceptada la reserva. Los gastos se distribuyen entre las partes segun usos y costumbres. Las partes acuerdan el lugar en donde se concretara la operacion.