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Sera necesario poder especial: 1Aº Para la renuncia, la transacciA³n, el desistimiento, el allanamiento, el sometimiento a arbitraje y las manifestaciones que puedan comportar sobreseimiento del proceso por satisfacciA³n extraprocesal o carencia sobrevenida de objeto.
Duracion: El poder tiene una vigencia de tres aA±os, a partir de que se dio la declaraciA³n unilateral del poderdante en favor del apoderado, salvo que antes de que se cumpla ese tiempo, el mandante lo revoque. Cualquier disposiciA³n que establezca un plazo superior se tendrA¡ por no puesta.
El poder especial restringe lo que el apoderado puede hacer. Por ejemplo, si el poder otorgado es para firmar el contrato de arrendamiento de un apartamento, el apoderado no puede venderlo, hipotecarlo ni donarlo. Asi mismo, si el poder es para vender la casa X, el apoderado no puede vender la casa Y.
Requisitos para gestionar Poder Especial: Constancia de CDI-CUIL O CUIT del titular y apoderado. El poder tramitado ante Escribano Publico, con las condiciones descriptas. Adjuntar nota de apoderado con la siguiente informaciA³n: domicilio, cA³digo postal, telA©fono y correo electrA³nico.
Para elaborar un poder usted debera hacer un documento donde se exprese lo siguiente: La identificaciA³n (nombre y cA©dula) de las personas que realizan el poder, esto es poderdante (quien lo otorga) apoderado (quien recibe y acepta la autorizaciA³n o representaciA³n).
En general un apoderado es alguien con poderes otorgados por otro, el poderdante, para realizar en nombre de este determinadas acciones, operaciones o gestiones.- En contraposicion, si la tiene concedida en forma mancomunada, ademA¡s de firmar A©l deberA¡ firmar algAºn otro apoderado de la entidad financiera.
Como se otorga el poder general y especial. El artAÂculo 74 del cA³digo general del proceso, seA±ala que para los efectos regulados por dicho cA³digo el poder general se debe otorgar mediante escritura pAºblica, y ademA¡s que: A«Los poderes generales para toda clase de procesos solo podrA¡n conferirse por escritura pAºblica.
¿QuA© necesito?El apoderado elegido debe ser mayor de 18 aA±os. Si es menor, debe estar emancipado.El apoderado debe registrarse en el sistema de identificaciA³n biomA©trica Mi Huella.DNI del titular y apoderado (original y copia).Para cA³nyuges.Para familiares u otros parientes.Para bancos.Para tutor.Para curador.More items...
Los Poderes Especiales son otorgados para ser representado en uno o mas asuntos especAÂficos. Se extinguen automA¡ticamente con la conclusiA³n del mandato por el cual fueron otorgados. Este tipo de poder proporciona mayor seguridad al poderdante.
Como se otorga el poder general y especial. El artAÂculo 74 del cA³digo general del proceso, seA±ala que para los efectos regulados por dicho cA³digo el poder general se debe otorgar mediante escritura pAºblica, y ademA¡s que: A«Los poderes generales para toda clase de procesos solo podrA¡n conferirse por escritura pAºblica.