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Usted puede rescindir el contrato avisando al propietario con un mes de antelacion. Sin embargo, el propietario tambiA©n puede terminar el contrato de arrendamiento con un preaviso de un mes. Si esto sucede inesperadamente, es posible que necesite encontrar una casa rA¡pidamente.
7. Si se finaliza un contrato antes de mudarse, ¿quA© se puede hacer? En caso de no lograr un acuerdo con el arrendador, puede dar por terminado unilateralmente el contrato dando aviso con tres meses de anticipaciA³n y pagando una indemnizaciA³n equivalente a tres meses.
Si el propietario no hace la comunicacion en ese perAodo, corre el riesgo de que el arrendamiento lo pueda prorrogar el inquilino hasta 3 aA±os, segAºn recoge el Real Decreto Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
«El arrendatario podrA¡ dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento dentro del tA©rmino inicial o durante sus prA³rrogas, previo aviso escrito dirigido al arrendador a travA©s del servicio postal autorizado, con una antelaciA³n no menor de tres (3) meses y el pago de una indemnizaciA³n equivalente al
Basta con realizar el debido desahucio, entendido como el acto mediante el cual uno de los contratantes del arriendo le informa al otro, mediante una notificacion personal hecha por un notario, su intenciA³n de dar fin a la relaciA³n contractual.
Si se termina el contrato de arrendamiento y el arrendatario no quiere renovarlo o prorrogarlo no esta obligado a hacerlo, pero debe notificar esa decisiA³n al arrendador con tres meses de anticipaciA³n y no requiere pagar ninguna indemnizaciA³n.
Hablando judicialmente o por la via legal; podemos acudir con un juez por una orden y pedir la recuperaciA³n del inmueble, te brindarA¡ el apoyo de la fuerza pAºblica y podrA¡s tener derecho a la posesiA³n por a incumplimiento de contrato. Esta acciA³n deja una marca legal en el inquilino.
Pagar la indemnizacion al arrendador por incumplir el contrato. DeberA¡s pagar una indemnizaciA³n equivalente a tres (3) meses de canon de arrendamiento al arrendador. Cabe aclarar que este pago solo se tendrA¡ que efectuar si tAº decides terminar el contrato antes de que la fecha pactada finalice.
Por lo tanto si el inquilino deja el piso, firma el fin de contrato y entrega las llaves al arrendador antes de cumplir ese plazo de 30 dias y no paga la renta hasta que se cumpla dicho plazo el arrendador podrAa retener la parte de la fianza que equivalga a esos dAas.