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El Codigo Civil establece que es responsabilidad del arrendador hacer todas las reparaciones necesarias, a excepciA³n de las locativas. Es decir, que los daA±os provocados por el uso de los inquilinos deben ser reparados por los mismos.
Dele a su arrendador aviso por escrito de los problemas y adviertale que si no se reparan en 14 dAas o dentro de un tiempo razonable, usted dejarA¡ la propiedad. Si el arrendador todavAa asA no repara, usted puede salir y no le deberA¡ ninguna renta futura.
Por lo tanto, en cuanto a quien paga las reparaciones en un local de alquiler la respuesta es clara. Sera el propietario siempre que el desperfecto no sea fruto del mal uso de la misma.
Se trata de la instalacion elA©ctrica, la del agua, la del gas o la de la calefacciA³n; tambiA©n las obras de conservaciA³n del techo, paredes o suelo del inmueble; o la reparaciA³n de humedades originadas por defectos del propio edificio.
Si el propietario no arregla el problema, sus proximos pasos pueden ser:(A) Llamar al inspector de vivienda o de edificios, a veces llamado funcionario de cumplimiento del cA³digo.(B) Presentar un caso en la corte de distrito, bajo la Ley de la Corte de Distrito.More items...
Por norma general, y tal y como estipula la LAU, el arrendador esta obligado a hacer todos los gastos en reparaciones y averAas necesarios para mantener la vivienda en una condiciA³n habitable. Es decir: gastos en la caldera, la calefacciA³n, la instalaciA³n elA©ctrica, la fontanerAa2026
Gastos de reparacionDebe hacerse cargo de reparar el deterioro del inmueble originado por cualquier causa que no sea imputable al inquilino o inquilina. Si el locador guarda silencio o se niega a realizar una reparaciA³n urgente, el inquilino o inquilina lo puede hacer por su cuenta y el locador debe pagarlas.
REPARACION DE AVERAAS EN GENERAL 1554.2 del CA³digo Civil dispone que el arrendador estA¡ obligado a hacer "todas las reparaciones necesarias a fin de conservarla (la vivienda) en estado de servir para el uso a que ha sido destinada".
Los desperfectos ocasionados en el piso debidos a un mal uso correran a cargo del inquilino, ya que este tiene la obligaciA³n de conservar la vivienda en las condiciones que se la entregaron. Pintura por mal uso: pintar sin permiso, hacer agujeros en las paredes, etc. Rotura de muebles o utensilios de la vivienda.
Haciendose cargo del arreglo el arrendador, lA³gicamente. Siempre y cuando esto suceda antes de firmar el contrato. Los desperfectos en el inmueble pueden ser muchos. Desde la pintura o agujeros de las paredes (suele ocurrir que el arrendatario haga perforaciones para colgar por ejemplo cuadros), hasta un mueble roto.